ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN - CASOS Y VÍCTIMAS
¿CUANDO CONSIDERAR UN CASO DE ACCIDENTE O UNA VÍCTIMA?
¿Cuándo podemos considerar un caso de accidente de tráfico?
No todo accidente que se produzca con la circulación de un vehículo a motor tiene o debe tener la consideración de accidente de circulación. Aunque en la mayoría de casos será así, es necesario:
- Que se produzca en las vías o terrenos definidas legalmente como aptas para la circulación de vehículos a motor.
- Que se hayan producido daños materiales, heridos o situaciones más graves como la muerte de alguna persona.
- Que esté implicado al menos un vehículo en movimiento.
Para considerar que un vehículo está implicado en un accidente de circulación deben concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
- Entrar el vehículo en colisión con otro u otros en movimiento, parados o estacionados, o entrar en colisión con peatones, animales u otro obstáculo.
- Si no se ha producido la colisión, haber resultado como consecuencia del accidente, heridos o fallecidos el conductor y/o algún pasajero del vehículo, o haberse ocasionado daños materiales.
- Sin haberse producido colisión alguna con el vehículo, estar este parado o estacionado de forma peligrosa, de forma que constituya uno de los factores del accidente.
- Sin haber sufrido el vehículo directamente las consecuencias del accidente, cuando la conducta del conductor o alguno de los ocupantes haya contribuido a su producción.
- Haber sido atropellado el conductor o pasajero de un vehículo por otro en el momento en que subía o bajaba de él.
Como excepciones nos encontramos con:
- Si el peatón atropellado se había alejado de su vehículo en el momento del atropello, tan sólo se considerará vehículo implicado en el accidente éste y la víctima tendrá la consideración de peatón y no de conductor u ocupante.
- Si el peatón atropellado irrumpe de repente en la vía ocultado por un vehículo parado o en marcha, este último vehículo no se considerará implicado en el accidente.
¿Cuándo podemos considerar a las víctimas de un accidente de tráfico?
Como personas intervinientes en un accidente de tráfico, la ley determina las siguientes en función de las consecuencias que se hayan producido y el plazo en el que suceden los hechos:
- Víctima de un accidente, será toda aquella persona que resulte muerta o herida como consecuencia del mismo.
- Muerto por un accidente, será considerada toda persona que como consecuencia del mismo fallezca en el acto o dentro de los 30 días siguientes a su producción.
- Herido en un accidente, se considera a toda persona que no ha resultado muerta pero ha sufrido una o más heridas graves o leves.
- Herido grave en un accidente, será toda persona herida en el mismo y que precisó una hospitalización superior a las 24 horas.
- Herido leve en un accidente, será considerada todos aquellos que sufrieron heridas pero no precisaron de una hospitalización por el período antes definido.
- Conductor de un vehículo implicado en un accidente, lo será toda persona que, en vías o terrenos aptos para la circulación de vehículos a motor, lleva la dirección del vehículo.
- Pasajero de un vehículo accidentado, lo será toda aquella persona que, sin ser conductor, se encuentre dentro o sobre un vehículo.
- Peatón accidentado será toda persona que, sin ser conductor, transita por las vías o terrenos aptos para la circulación y ha sido atropellado por un vehículo a motor.
También se considera peatón, quien empuja o arrastra un cochecito de niño o una silla de ruedas o cualquier otro vehículo que no tenga motor y sea de pequeñas dimensiones. Igualmente tiene la consideración de peatón el que conduce a pie una bicicleta o ciclomotor y la persona que está impedida y circula al paso con una silla de ruedas, como también lo es quien va con patinete. Finalmente también es peatón quien en el momento del accidente se encuentra reparando el motor, cambiando algún neumático o realizando cualquier tipo de acción similar a las anteriores.
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